La norma oficial que impone el uso de Diésel Ultra Bajo en Azufre (DUBA) para todo el transporte de carga y pasajeros, congelada desde 2018, está a punto de ser activada por el gobierno, obligado por la sentencia de un tribunal federal.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) tiene listo desde el 21 de marzo el proyecto para eliminar un acuerdo de noviembre de 2021, por el cual aplazó el inicio de la obligación de uso del DUBA hasta el 1 de enero de 2025.
Dicho acuerdo fue declarado inconstitucional en septiembre de 2023 por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, en un amparo otorgado al Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), cuya ejecución ya ha sido requerida a la Semarnat en seis ocasiones.
El uso del DUBA no se ha generalizado por falta de abasto, lo que es responsabilidad de Pemex Transformación Industrial (PTI), que ha recibido prórrogas por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para cumplir con el suministro a nivel nacional.
La prórroga más reciente le da a PTI hasta diciembre de 2026 para garantizar el abasto de DUBA.
El desfase entre esta orden de la CRE, y la inminente entrada en vigor de la NOM-044 en materia ambiental ya provocó reacciones de las industrias automotriz y de transporte, que la semana pasada se quejaron ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
La Asociación Mexicana de Distribuidores Automotores (AMDA) advirtió que se tiene que modificar la NOM-044 ambiental, para mantener la convivencia entre vehículos con motores que usan DUBA y los que no, ya que dicho combustible no está disponible en todo el país.
“De no ocurrir este ajuste, el ya lento proceso de renovación vehicular se verá amenazado ya que difícilmente los transportistas invertirán en un bien de capital que corre el riesgo de dañarse si no cuenta constante y sostenidamente del combustible necesario para operar, es decir, el parque vehicular continuará su deterioro contribuyendo negativamente al cumplimiento de los objetivos ambientales”, afirmó la AMDA.
Agregó que el DUBA estuvo disponible en 78 por ciento del territorio nacional en 2023, que dicho porcentaje varía cada año y por regiones, y que los vehículos nuevos sufren daños cuando tienen que ser cargados con diésel alto en azufre.
En su sentencia, el tribunal ordenó la aplicación inmediata de la NOM-044, pero dejó margen a Semarnat para modificarla.
“Que se discuta en forma plural, con la mayor información científica posible y mediante la participación ciudadana, así como en observancia al principio de precaución ambiental y a las obligaciones internacionales que ha contraído el Estado Mexicano para reducir sus emisiones de gas invernadero, si es dable continuar con la producción e importación de motores a diésel bajo el estándar AA”, se establece en el fallo, en alusión a las reglas que permiten seguir operando vehículos que no usan DUBA.