Con el propósito de que los Titulares de las Dependencias en las Administraciones Municipales, cuenten con la Profesionalización necesaria e indispensable, que les permita realizar sus funciones de manera eficaz y eficiente, el diputado Jorge García Sánchez, presentó una iniciativa en el Congreso mexiquense, para reformar diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Frente a las y los integrantes de la LXI Legislatura, propuso reformar, la fracción III del Artículo 32, el párrafo segundo del Artículo 87 Bis, la fracción I del Artículo 92, el párrafo primero del Artículo 96 Ter, el párrafo primero del Artículo 96 Quintus, el Artículo 96 Septies, el Artículo 96 Nonies, el Artículo 96 Undecies, el Artículo 96 Terdecies y el párrafo primero del Artículo 96 Sexdecies de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
El representante del pueblo, afirmó que el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal, señala que: “es una realidad que en el orden municipal se presentan insuficiencias que debilitan la profesionalización del servicio público, a causa, entre otros aspectos, de la elevada rotación del personal, los bajos niveles educativos de algunas de las personas que ocupan puestos de gobierno, así como la escasa o nula experiencia previa en las funciones propias que desempeñan los miembros de los ayuntamientos y de las administraciones públicas municipales.”
También menciona que la profesionalización significa la preparación antes y durante el desempeño del servidor público para que cuente con las herramientas necesarias que le permitan actuar con el mayor nivel eficiencia, eficacia y efectividad y representa la característica básica para el logro de objetivos y metas institucionales, que se traduzcan en las capacidades de los gobiernos para realizar sus funciones, dijo.
Puntualizó que debido al período de gobierno de las Administraciones Municipales, que es de tres años, es necesario que los Titulares de las Dependencias, tengan una formación académica y laboral, que derive en Funcionarios Públicos con una Profesionalización adecuada para las actividades y responsabilidades que tienen que desempeñar; ya que, se requiere que tengan un amplio conocimiento en la materia, a efecto de que los planes y programas de la administración pública municipal que deban realizar, desde el inicio de la administración den resultados y no tener que esperar a la curva de aprendizaje, lo cual obstaculiza y retrasa proyectos, obras y programas.
Aunque, reconoció que en la fracción III del Artículo 32 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, se establece dentro de los requisitos para ocupar los cargos de Secretario; Tesorero; Director de Obras Públicas, de Desarrollo Económico, Director de Turismo, Coordinador General Municipal de Mejora Regulatoria, Ecología, Desarrollo Urbano, de Desarrollo Social, de las Mujeres, del Campo o equivalentes, titulares de las unidades administrativas, de Protección Civil y de los organismos auxiliares; Contar con título profesional o acreditar experiencia mínima de un año en la materia, ante la o el Presidente o el Ayuntamiento, cuando sea el caso, para el desempeño de los cargos que así lo requieran.
García Sánchez, manifestó que en el párrafo segundo del Artículo 87 Bis, la fracción I del Artículo 92, el párrafo primero del Artículo 96 Ter, el párrafo primero del Artículo 96 Quintus, el Artículo 96 Septies, el Artículo 96 Nonies, el Artículo 96 Undecies, el Artículo 96 Terdecies y el párrafo primero del Artículo 96 Sexdecies, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México se regulan de manera particular los requisitos que requieren los Titulares de las Dependencias, los cuales determinan si deben contar con título profesional o acreditar experiencia mínima de un año en la materia para desempeñar el cargo en algunos casos.
Sin embargo, agregó, que en algunos casos no es indispensable el título profesional y en otros la experiencia; aunado a que, se considera que el tiempo de experiencia exigido no es suficiente, al tener en cuenta la duración de las Administraciones Municipales.
Debido a ello, se propone reformar dichas disposiciones legales, para que las personas Titulares de las Dependencias en las Administraciones Municipales, cuenten con la Profesionalización necesaria e indispensable, que les permita realizar sus funciones de manera eficaz y eficiente, además de que se homologuen los requisitos que deben cumplir quienes ocupen dichos cargos, finalizó.